Configuración global
La configuración global de los agentes de percepciones se encuentra en Configuración / Organización. Permiten definir a la organización como agente de percepciones y activan las percepciones automáticas en los comprobantes de ventas:
Configuración / organización | |
Agente percepción IIBB AGIP | Esta configuración define a la organización como Agente de percepciones de IIBB CABA (AGIP) |
Agente percepción IIBB ARBA | Esta configuración define a la organización como Agente de percepciones de IIBB Provincia de Buenos Aires (ARBA) |
Agente percepción IIBB Salta | Esta configuración define a la organización como Agente de percepciones de IIBB Provincia de Salta (DGR) |
Agente percepción IIBB y TCI Comodoro Rivadavia | Esta configuración define a la organización como Agente de percepciones de IIBB Municipio de Comodoro Rivadavia de Buenos Aires (ARBA). Ver apartado Percepciones IIBB y TCI Municipio de Comodoro Rivadavia |
Agente percepción IVA RG 5329/2023 | Esta configuración define a la organización como Agente de percepciones de IVA RG 5329/2023. Ver apartado Percepción IVA RG 5329/2023 |
Adicionalmente, se deberán congiurar las cuentas contables según corresponda en Configuración / Cuentas contables:
Configuración / Cuentas contables | |
Cuenta Percepciones IIBB de AGIP (Ventas) | Define la cuenta contable a utilizar en las percepciones automáticas de IIBB AGIP |
Cuenta Percepciones IIBB de ARBA (Ventas) | Define la cuenta contable a utilizar en las percepciones automáticas de IIBB ARBA |
Cuenta Percepciones IIBB de Salta (Ventas) | Define la cuenta contable a utilizar en las percepciones automáticas de IIBB Salta |
Cuenta Percepciones IIBB y TCI de Comodoro Rivadavia (Ventas) | Define la cuenta contable a utilizar en las percepciones automáticas de IIBB y TCI Comodoro Rivadavia |
Cuenta Percepciones IVA (Ventas) | Define la cuenta contable a utilizar en las percepciones automáticas de IVA RG 5329/2023 |
Percepciones automáticas en facturación
En el formulario de nuevo comprobante, aparecerán en los subtotales, a continuación del IVA, los subtotales de percepciones, según corresponda al agente, al sujeto y al comprobante:
Neto | $1000 |
IVA 21% | $210 |
Percepción de IIBB 1% Ciudad Autónoma de Buenos Aires | $100 |
Total | $1220 |
AGREGAR IMPUESTO | ☑ IMPUESTOS AUTOMÁTICOS |
Desactivar percepciones automáticas
En el formulario de nuevo comprobante, aparecerá un tilde llamado Impuestos automáticos debajo del total del comprobante y permitirá desactivar el calculo de percepciones automáticas.
Neto | $1000 |
IVA 21% | $210 |
Percepción de IIBB 1% Ciudad Autónoma de Buenos Aires | $100 |
Total | $1220 |
AGREGAR IMPUESTO | ☑ IMPUESTOS AUTOMÁTICOS |
Certificados de exención
Para definir un certificado de exención, ir a la ficha del cliente, sección Información. A la derecha, en el apartado Certificados, apretar en Agregar certificado.
Percepciones IVA RG 5329/2023
El cálculo de la base imponble para realizar la percepción se realiza sólo en los productos marcados con la opción Percepción IVA RG 5329/2023. Esta opción se encuentra en la ficha de cada producto, sección Impuestos y contabilidad.
Para consultar qué prductos están marcados con la opción Percepción IVA RG 5329/2023, se puede utilizar el reporte Productos con la opción Mostrar = Info. contable.
Percepciones IIBB y TCI Municipio de Comodoro Rivadavia
El cálculo de las percepciones se realiza en base a 2 padrones: Sujetos Pasibles y Sujetos No Pasibles, además de los Certificados de exención.
No se realiza percepción cuando
- Sujeto es Consumidor final o Monotributista
- Sujeto posee Certificado de exención válido (tipo Exención IIBB y TCI Municipio de Comodoro Rivadavia)
- CUIT encontrada en Sujetos No Pasibles
- Base imponible cbte. + base imp. acumulada del mes es menor a $29.000
Se realiza percepción cuando
- Base imponible cbte. + base imp. acumulada del mes es mayor o igual a $29.000
- CUIT encontrada en Sujetos Pasibles: alícuota del 2% sobre base imponible cbte. (+ base imp. acumulada del mes si es la 1ra percepción)
- CUIT NO encontrada en Sujetos Pasibles: alícuota del 10% sobre base imponible cbte. (+ base imp. acumulada del mes si es la 1ra percepción)